El matrimonio infantil ha sido, históricamente, una práctica normalizada en muchas sociedades, justificada por razones culturales, económicas o religiosas. Sin embargo, desde una perspectiva de derechos humanos, se ha consolidado un consenso internacional en torno a la necesidad de su erradicación, dado su impacto negativo en el desarrollo integral de personas menores de edad.
A nivel jurídico, la erradicación del matrimonio infantil enfrenta desafíos relacionados con la autonomía progresiva, la capacidad de ejercicio de derechos y la protección de los niños, niñas y adolescentes. En paralelo, las parentalidades adolescentes plantean debates sobre el acceso a derechos, la responsabilidad del Estado y los mecanismos de apoyo para garantizar el bienestar tanto de los progenitores como de sus hijos.
En las próximas líneas, analizaré el cruce entre ambos fenómenos, tomando como punto de partida la reciente decisión de la Corte Constitucional de Colombia que ratificó la eliminación del matrimonio infantil, para examinar sus implicancias en la protección de derechos y la construcción de políticas públicas adecuadas.
Matrimonio Infantil: Realidad y Debates
El matrimonio infantil se define como la unión legal o de hecho en la que al menos uno de los contrayentes es menor de 18 años. De acuerdo con UNICEF, más de 12 millones de niñas en el mundo se casan antes de cumplir la mayoría de edad cada año, lo que representa una vulneración sistemática de sus derechos fundamentales.
Los principales argumentos en contra del matrimonio infantil incluyen:
- Impacto en la educación y el desarrollo personal: Las niñas que contraen matrimonio a edades tempranas suelen abandonar la escuela, lo que limita sus oportunidades de desarrollo.
- Vulnerabilidad ante la violencia de género: La asimetría de poder en estas uniones suele traducirse en relaciones desiguales donde las menores están expuestas a violencia física, psicológica y sexual.
- Riesgos en la salud maternoinfantil: Las complicaciones en el embarazo y parto son una de las principales causas de mortalidad en adolescentes.
- Falta de consentimiento real y autonomía: aunque en algunos sistemas jurídicos se permite el matrimonio con autorización parental —incluso por debajo de los 14 años— o mediante dispensa judicial a partir de cierta edad, el consentimiento de una persona menor de edad no puede considerarse plenamente libre e informado debido a su grado de madurez y a las posibles presiones externas.
Marco Legal Internacional y Sistemas de Protección Infantil Regional
El matrimonio infantil ha sido abordado por diversos tratados y sistemas de protección de derechos humanos. Entre los principales marcos jurídicos destacan:
- Convención sobre los Derechos del Niño (CDN): establece la obligación de los Estados de proteger a los niños de todas las formas de abuso y garantizar su desarrollo integral.
- Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW): en su artículo 16, señala que el matrimonio infantil es una forma de discriminación de género y recomienda su eliminación.
- Resolución de la Asamblea General de la ONU (2013): exhorta a los Estados a adoptar medidas legislativas para prohibir y prevenir el matrimonio infantil.
A nivel regional, los países han avanzado en la prohibición de esta práctica[1], aunque en algunos casos persisten excepciones por dispensa judicial o autorización parental.
El fallo colombiano, se suma a la tendencia de eliminar cualquier excepción a la edad mínima de 18 años para contraer matrimonio.
A Propósito de la sentencia de la Corte Constitucional de Colombia
Resumen de la decisión que ratifica la Eliminación del Matrimonio Infantil
La Corte Constitucional de Colombia ratificó la constitucionalidad de la Ley 2098 de 2021, que eliminó el matrimonio infantil en el país. La decisión respondió a demandas que argumentaban que la prohibición absoluta vulneraba el derecho al libre desarrollo de la personalidad de los adolescentes.
Segun lo publicado, la Corte Constitucional de Colombia sostuvo que:
- La prohibición del matrimonio infantil es una medida de protección superior del interés del niño, de acuerdo con el artículo 44 de la Constitución y los tratados internacionales ratificados por Colombia.
- El Estado tiene la obligación de proteger a los niños y adolescentes de situaciones que puedan comprometer su desarrollo físico, emocional y social.
- La autonomía progresiva no puede ser invocada para justificar la legitimación de prácticas que afectan gravemente la vida y la dignidad de los menores de edad.
- Esta decisión refuerza la tendencia regional de establecer una edad mínima de matrimonio sin excepciones, alineando la legislación colombiana con estándares internacionales.
Los Derechos del Niño
Desde un enfoque de derechos, la eliminación del matrimonio infantil se vincula con múltiples principios y garantías fundamentales, entre ellos:
- Interés superior del niño: cualquier medida debe priorizar su bienestar y desarrollo integral.
- Derecho a la educación: evitar la interrupción temprana de la escolarización es esencial para la erradicación de la pobreza y la igualdad de género.
- Protección contra la violencia y la explotación: el matrimonio infantil es una forma de violencia estructural que perpetúa ciclos de abuso y discriminación.
- La erradicación de esta práctica requiere no solo reformas legislativas, sino también la implementación de programas educativos, apoyo social y acceso a servicios de salud y protección.
Parentalidades Adolescentes: desafíos y consideraciones jurídicas
Definición y Contexto de las Parentalidades Adolescentes
La parentalidad adolescente se refiere a la situación en la que una persona menor de 18 años asume la maternidad o paternidad. Si bien no es sinónimo de matrimonio infantil, ambas situaciones pueden superponerse.
Retos legales y sociales que enfrentan los progenitores adolescentes
- Acceso a derechos y asistencia estatal: muchos países carecen de políticas públicas efectivas para apoyar a madres y padres adolescentes en el acceso a la educación, salud y empleo.
- Estigmatización social: en muchas sociedades, las madres adolescentes enfrentan prejuicios que dificultan su integración educativa y laboral.
Análisis de situaciones donde convergen ambas circuntancias
En algunos escenarios, la parentalidad adolescente ha sido utilizada como argumento para legitimar el matrimonio infantil. Sin embargo, la Corte Constitucional colombiana dejó claro que la existencia de un hijo no justifica la formalización de un vínculo matrimonial en menores de edad.
Consideraciones Jurídicas y Éticas en la Protección de los Derechos de los NNA involucrados.
Las medidas de protección deberían incluir:
- Estrategias para garantizar que la crianza se realice en un entorno seguro y libre de violencia.
- Acceso a educación integral en derechos sexuales y reproductivos.
- Políticas públicas que contemplen el acompañamiento psicológico, social y económico de los progenitores adolescentes.
Reflexiones Finales
El fallo de la Corte Constitucional de Colombia representa un avance en la protección de los derechos de la infancia, alineando la legislación con estándares internacionales. Sin embargo, persisten desafíos en la implementación de políticas públicas que brinden apoyo integral a las parentalidades adolescentes.
Una propuesta concreta para fortalecer la protección de los derechos del niño y el apoyo a las parentalidades adolescentes es la creación de mecanismos integrales de protección para madres y padres adolescentes. Esto implica garantizar un acompañamiento respetuoso de sus derechos, con acceso a educación, salud, apoyo psicológico y oportunidades de desarrollo que les permitan ejercer su rol parental sin vulnerar su propio proyecto de vida.
Por ejemplo: ¿Podrían las escuelas recibir y acompañar a madres y padres adolescentes sin que ello implique una interrupción en su formación? ¿Existen suficientes espacios de cuidado infantil que permitan a estos jóvenes continuar sus estudios y prepararse para un futuro mejor? La construcción de respuestas a estos interrogantes es fundamental para una sociedad que verdaderamente respete los derechos de la infancia y la adolescencia.
El reto jurídico y social es garantizar que la erradicación del matrimonio infantil no genere vacíos de protección para adolescentes en situación de parentalidad, sino que promueva soluciones integrales y respetuosas de sus derechos.
Mucho para pensar.
