El Juzgado Civil en Familia y Sucesiones del Centro Judicial Monteros resolvió una demanda presentada por Erika D. P., quien buscaba ser reconocida como hija extramatrimonial de Marcos L. S., además de reclamar un resarcimiento por daño extrapatrimonial. El fallo determinó que el demandado debía reconocerla como hija y pagar una indemnización de $3,000,000 más intereses.
El caso incluyó pruebas científicas (ADN), testimonios y documentación que respaldaron la filiación biológica entre la actora y el demandado. El estudio genético arrojó una probabilidad de paternidad del 99.9999999999992%, siendo esta prueba determinante. Además, se comprobó que Erika no fue reconocida oportunamente, lo que vulneró su derecho a la identidad.
El tribunal también abordó la acción por daño moral, concluyendo que la negativa del demandado a reconocer a su hija durante 27 años configuró un hecho antijurídico. Este retraso afectó el desarrollo personal y emocional de la actora, justificando la indemnización solicitada. La sentencia destacó la importancia de la identidad como un derecho humano fundamental, protegido por normativas nacionales e internacionales.
El fallo ordena la inscripción del vínculo paterno en el Registro Civil, otorga a Erika un plazo para decidir sobre su nombre y fija las costas del proceso al demandado. Los intereses serán calculados con la tasa oficial del BCRA.