Más que una fórmula jurídica, es una brújula ética.

Significa que, en toda decisión —familiar, judicial o institucional—, la prioridad debe ser siempre el bienestar integral de cada niño, niña o adolescente.

Su aplicación requiere más que leyes: demanda sensibilidad, escucha y un análisis profundo de cada caso.

El interés superior del niño se expresa en tres dimensiones inseparables:

  1. Como derecho: garantiza que toda medida busque su desarrollo pleno.
  2. Como norma procesal: obliga a evaluar, justificar y fundamentar cada decisión.
  3. Como principio interpretativo: orienta la lectura del Derecho hacia lo humano.

A veces, proteger no es imponer.
Es comprender, acompañar y reconocer que la infancia tiene voz propia.