En un Estado de Derecho, garantizar justicia no es una opción, es una obligación. En especial, frente a graves violaciones a los derechos humanos, el deber de debida diligencia se convierte en un principio rector que impone a los Estados la obligación activa de investigar, sancionar y prevenir estos actos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dejado claro que la inacción o negligencia estatal, incluso frente a hechos cometidos por particulares, puede generar responsabilidad internacional del Estado.

1. ¿Qué es la debida diligencia?

La debida diligencia es el estándar mínimo de actuación que se espera del Estado frente a posibles o confirmadas violaciones de derechos humanos. No basta con declarar buenas intenciones: la actuación debe ser oportuna, eficaz, imparcial, independiente y exhaustiva.

2. Obligaciones estatales vinculadas

El deber de debida diligencia se sustenta en normas internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados universales. Las obligaciones derivadas incluyen:

  • Investigar de oficio: no se espera que las víctimas carguen con el peso de impulsar la investigación.
  • Sancionar a los responsables: tanto agentes estatales como actores privados.
  • Reparar a las víctimas: de forma integral y adecuada.
  • Adecuar el derecho interno: para asegurar que existan marcos normativos eficaces.

3. Principios rectores de la debida diligencia

Según CEJIL, las investigaciones deben guiarse por estos principios:

  • Oficiosidad
  • Oportunidad
  • Competencia técnica
  • Independencia e imparcialidad
  • Exhaustividad
  • Participación de las víctimas

Estos principios son indispensables para asegurar el acceso a la verdad, la justicia y la reparación.

✅ Tres recomendaciones clave para fortalecer la debida diligencia

  • Formación especializada para operadores de justicia

Es esencial capacitar a fiscales, jueces y policías en estándares internacionales de derechos humanos, investigación forense y enfoque centrado en la víctima. Sin conocimiento técnico, no hay justicia posible.

  • Garantizar independencia estructural

Las unidades investigadoras deben estar libres de presiones políticas o institucionales. Esto implica dotarlas de recursos suficientes y mecanismos de rendición de cuentas.

  • Promover participación activa de las víctimas

Las víctimas y sus familias tienen derecho a participar en el proceso penal, ser informadas, ofrecer pruebas y recibir un trato digno y no discriminatorio. Su voz debe ser parte del camino hacia la verdad.

Reflexiones para más aperturas

La debida diligencia no es solo una carga jurídica; es una oportunidad ética. Es el reflejo de una sociedad que se niega a tolerar la impunidad y que entiende que cada acto de justicia fortalece el tejido democrático.

En los tiempos que corren aún persisten violaciones atroces, el compromiso con una investigación seria, imparcial y efectiva es un foco de esperanza.

Investigar con diligencia es también reconocer la dignidad de quienes ya no están y de quienes aún exigen justicia.