Las personas menores de edad en contexto patrimonial. El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, alineado con la Convención sobre los Derechos del Niño, ha revolucionado la manera en que se reconocen y ejercen los derechos de niños y adolescentes. Este cambio paradigmático pone el foco en la autonomía progresiva, permitiendo que los menores de edad participen activamente en decisiones que afectan tanto su vida personal como patrimonial.
No obstante, este enfoque plantea desafíos significativos. Según el marco normativo actual, los adolescentes de entre 13 y 17 años pueden realizar actos de contenido patrimonial, como administrar y disponer de sus bienes (ya sean de origen gratuito o adquiridos mediante oficios, trabajos o profesiones), abrir cajas de ahorros en los bancos, realizar ciertos contratos, siempre y cuando cuenten con el grado de madurez necesario. Sin embargo, la generalidad de las disposiciones y la flexibilidad de las normas requieren una interpretación cuidadosa para garantizar que los derechos de estos adolescentes sean efectivamente protegidos.
La tensión radica en equilibrar la autonomía progresiva, el ejercicio de la responsabilidad parental y la protección necesaria para quienes están en proceso de maduración.
En conclusión, la evolución del derecho privado en Argentina nos exige, como sociedad y como operadores del derecho, ofrecer respuestas justas y adecuadas a las situaciones complejas que surgen en la vida cotidiana de niños y adolescentes, reconociéndolos como sujetos de derecho en pleno desarrollo. La realidad nos enfrenta a escenarios diversos, llenos de posibilidades y desafíos que debemos abordar con responsabilidad y compromiso.
El debate y la discusión está instalado en el aula y en la realidad misma.
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