I. Introducción: Los derechos de la niñez hoy están escritos con claridad; sin embargo, la pregunta fundamental es si también se sienten en la vida de quienes deberían vivirlos.

Superado los 35 años de la aprobación de la Convención sobre los Derechos del Niño, el cambio de enfoque conceptual es indiscutible, pues la infancia dejó de ser un objeto de protección para convertirse en un sujeto pleno de derechos. Pese a este avance, ese reconocimiento normativo convive con una realidad que todavía nos interpela profundamente.

II. Lo que el derecho promete

La Convención no solo enunció derechos, sino que redefinió el modo en que deben pensarse las políticas, las decisiones y las prácticas institucionales. Estableció que los derechos de niños, niñas y adolescentes son universales, indivisibles e interdependientes. Esto implica que no basta con garantizar uno solo, ya que cada derecho depende del otro para hacerse efectivo.

En estas décadas, según el informe de UNICEF (2024)[1], la región de América Latina y el Caribe ha mostrado avances concretos como los siguientes:

  • mayor acceso a la educación, con tasas de matrícula primaria cercanas al 96%.
  • reducción sostenida de la mortalidad infantil.
  • ampliación de sistemas de protección social y cobertura sanitaria.

Estos logros son el resultado de un consenso jurídico y político que colocó a la infancia en el centro de las agendas.

No obstante, el mismo documento advierte que los avances conviven con desigualdades persistentes y estructurales.

Y ahí aparece la tensión.

III. Lo que la realidad tensiona

La infancia en nuestra región no es una experiencia homogénea, sino que es profundamente desigual. Los datos son elocuentes:

  • Cerca de 200 millones de niños, niñas y adolescentes viven en la región.
  • La niñez concentra los mayores niveles de pobreza, los cuales alcanzan aproximadamente el 46% en algunos grupos etarios.
  • Alrededor de 70 millones de niños viven en situación de pobreza extrema o moderada.

La pobreza no es el único factor crítico.

La violencia sigue siendo estructural, dado que dos tercios de los niños entre 1 y 14 años han sufrido alguna forma de disciplina violenta en el hogar.

A esto se suman otras tensiones:

  • desigualdad de género que impacta directamente en el cuidado
  • brechas territoriales (rural vs. urbano)
  • mayor vulnerabilidad en poblaciones indígenas, migrantes o en situación de discapacidad
  • sistemas de protección que llegan de forma fragmentada o tardía

La pandemia no creó la desigualdad, pero la profundizó y la hizo evidente. Y entonces, la pregunta ya no es normativa.  Es estructural. Porque cuando los derechos existen pero no se concretan, lo que falla no es el reconocimiento.  Es la capacidad de hacerlos efectivos.

IV. Propuestas: de la proclamación normativa a la efectividad real

Si el problema ya no reside únicamente en el reconocimiento formal de los derechos, sino en su desigual realización, la respuesta debe orientarse a las medidas generales de implementación que los Estados están obligados a adoptar. El Comité de los Derechos del Niño ha insistido, a través de sus observaciones generales, en que la efectividad de la Convención no depende solo de su recepción legislativa, sino también de coordinación institucional, presupuestos adecuados, producción de datos, mecanismos de seguimiento y participación real de niños, niñas y adolescentes en las decisiones que los afectan.

1. Priorizar la infancia en la arquitectura institucional y presupuestaria.
No hay política de infancia sostenible sin prioridad fiscal verificable. La Observación General N.º 19 del Comité exige que los presupuestos públicos sean efectivos, equitativos, transparentes y sostenibles para la realización de los derechos del niño, con especial atención a quienes se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad. Esto supone avanzar hacia presupuestos con enfoque de niñez, trazabilidad del gasto, evaluación de impacto y resguardo frente a retrocesos en contextos de crisis.

2. Fortalecer sistemas integrales de protección social sensibles a la infancia.
La persistencia de pobreza infantil, desigualdad territorial y exclusión muestra que las respuestas fragmentadas ya no alcanzan. UNICEF para América Latina y el Caribe viene sosteniendo que es necesario fortalecer sistemas nacionales de protección social capaces de reducir inequidades entre niños, niñas y adolescentes, y de responder también a contextos de shock o crisis. En términos sustantivos, ello exige articular transferencias, cuidados, salud, educación, alimentación y apoyos específicos para grupos históricamente relegados.

3. Construir una política regional y nacional de prevención de la violencia, no solo de reacción.
El Comité ha sido categórico en afirmar que ninguna forma de violencia contra niños es justificable y que toda violencia es prevenible. Desde esa premisa, la respuesta estatal no puede limitarse a la intervención tardía o reparadora. Hace falta una política sostenida de prevención, con apoyo a las familias y cuidadores, fortalecimiento comunitario, entornos escolares protectores, abordajes intersectoriales y dispositivos accesibles de detección temprana.

4. Producir datos desagregados y trazables para gobernar las desigualdades.
Una de las debilidades más persistentes en la región es la insuficiente capacidad para identificar con precisión cómo impactan las brechas sobre la niñez indígena, afrodescendiente, migrante, con discapacidad, rural o expuesta a múltiples vulnerabilidades. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos[2] y el Comité ha señalado reiteradamente que la implementación exige sistemas robustos de recolección de datos para monitorear discriminaciones, orientar prioridades y evaluar resultados. Sin evidencia desagregada, la desigualdad se vuelve visible en el discurso, pero opaca en la gestión.

5. Asegurar participación real de niños, niñas y adolescentes en el diseño, ejecución y evaluación de políticas.

La participación no puede seguir confinada al plano declarativo. La Observación General N.º 12 recordó que el derecho a ser oído debe traducirse en incidencia real, tanto en procedimientos individuales como en decisiones colectivas. En un escenario regional atravesado por transformaciones tecnológicas, climáticas y sociales, escuchar a la niñez no es un gesto simbólico, sino una condición de legitimidad democrática y de eficacia institucional.

6. Incorporar una mirada prospectiva sobre nuevas vulnerabilidades.
Las brechas actuales no pueden pensarse sin considerar los efectos del cambio climático, las migraciones forzadas, la precarización laboral de los hogares y la transformación digital. La Observación General N.º 26 subraya que los Estados deben evaluar el impacto de sus decisiones ambientales sobre los derechos de niños y niñas, y el informe regional de UNICEF advierte que estas nuevas dinámicas agravan las desigualdades ya existentes. La agenda de infancia, por tanto, no puede limitarse a reparar daños heredados; debe anticipar riesgos emergentes.

En definitiva, cerrar las brechas no requiere una nueva proclamación de derechos, sino una nueva seriedad en su implementación. La deuda principal no es normativa. Es institucional, presupuestaria, territorial y ética. Allí es donde hoy se juega la credibilidad de la Convención.

V. Para el cierre y a modo de un imperativo de coherencia sustancial

La Convención transformó el lenguaje del derecho, pero hoy el desafío es transformar la vida. Como sociedad y como profesionales del sistema de protección, no podemos conformarnos con ser espectadores de estadísticas de pobreza y violencia que parecen inamovibles.

Requerimos decisiones oportunas, políticas sostenidas y, sobre todo, sistemas que dejen de llegar tarde. La distancia entre el derecho reconocido y el derecho experimentado no es una abstracción jurídica; es una forma de violencia estructural que solo puede revertirse con una voluntad política inquebrantable y una práctica diaria impregnada de empatía.

En materia de niñez, la omisión es una elección. Nuestra tarea es asegurar que, de una vez por todas, el interés superior del niño deje de ser una cláusula de estilo para convertirse en la brújula que guíe cada una de nuestras intervenciones. Porque un derecho que no se vive, sencillamente, no existe.


[1] https://www.unicef.org/lac/informes/america-latina-caribe-35-anos-aprobacion-convencion-sobre-los-derechos-del-nino

[2] CIDH – ONU , Informe 2017 “Hacia las garantías de los derechos de niños, niñas y adolescentes”

Notas relacionadas: