En el Derecho argentino, la declaración de adoptabilidad es una medida excepcional que prioriza siempre el interés superior del niño. Regulado en el artículo 607 del Código Civil y Comercial, garantiza un entorno seguro y protector cuando no es posible su permanencia en la familia de origen o ampliada.
¿Cuándo es posible declararla?
- Falta de filiación o fallecimiento:
Cuando no se establece la filiación o los padres han fallecido, agotando la búsqueda de familiares idóneos. - Consentimiento informado:
Cuando los padres manifiestan su voluntad de dar en adopción, después de los 45 días del nacimiento. - Abandono o maltrato:
Cuando existe negligencia o riesgo extremo, y fracasan las medidas de protección y reunificación familiar.
Es el último recurso para proteger al niño, conforme al interés superior consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley 26.061.
¿Qué pasa si los progenitores se oponen?
La oposición debe probar capacidad para garantizar un entorno adecuado. Si no se acredita, prevalece el interés del niño sobre los intereses adultos.
Derecho a ser oído
La Ley 26.061 garantiza que los niños sean escuchados según su edad y madurez. Pueden contar con un abogado del niño para asegurar sus derechos en el proceso.
Ejemplo práctico:
Un fallo reciente declaró la adoptabilidad de dos hermanos, tras agotarse las medidas de reunificación familiar. A pesar de la oposición parental, el tribunal priorizó el interés superior de los niños y dispuso la búsqueda de una familia adoptiva para garantizar su protección. (Estado Provincial (Fiscalía de Estado de la Provincia de Jujuy) vs. F., M. A. y otro s. Control de legalidad de medida excepcional (Art. 40, Ley 26061) – Recurso de inconstitucionalidad – SCJ, San Salvador de Jujuy, Jujuy; 20/11/2024; Rubinzal Online /// RC J 13391/24).
Algunas reflexiones
La adoptabilidad no es automática. No son casos ni historias simples. Requiere análisis interdisciplinario, un marco jurídico sólido y sensibilidad hacia las necesidades de los niños.
No se trata de buscar un hijo o hija para una familia. Al contrario, es encontrar una familia para ese niño o niña.