La Corte Suprema de Chile acogió un recurso de protección interpuesto por el abogado Rodrigo Lagos Gerding en representación de su hija menor de edad, en contra de Woldcoin SpA, por el escaneo y almacenamiento de sus datos biométricos (iris ocular) sin su consentimiento informado. La acción alegaba vulneración de los derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 de la Constitución, en particular el derecho a la privacidad, la integridad personal y la propiedad sobre los datos personales.

La empresa demandada afirmó haber eliminado los datos de la menor y presentó un certificado de Tools for Humanity Corporation como prueba. Sin embargo, la Corte consideró que dicho documento carecía de validez legal al no cumplir con las normas de certificación y apostilla requeridas por la legislación chilena e internacional. Además, enfatizó que los datos biométricos son información sensible, protegida por normativas nacionales e internacionales, y que el consentimiento para su recopilación debe ser expreso, informado y verificable, lo que no ocurrió en este caso.

El fallo ordenó a Woldcoin SpA eliminar de forma definitiva y comprobable cualquier registro, almacenamiento o tratamiento de los datos biométricos de la menor en sus sistemas, incluyendo la eliminación del World ID asociado. La empresa deberá presentar documentación fidedigna que acredite el cumplimiento de esta orden ante la Corte de Apelaciones de Santiago en un plazo de 30 días.