En un pronunciamiento histórico, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió parcialmente a favor de M. L., una mujer con enfermedad degenerativa irreversible que solicitó al Estado provincial la asistencia médica y farmacológica necesaria para morir dignamente. El tribunal ordenó abrir el debate judicial, revocando la decisión previa que había rechazado su amparo por inadmisible, e instruyó al Ministerio de Salud bonaerense a garantizarle de inmediato cuidados paliativos e internación domiciliaria adecuada mientras se resuelve la cuestión de fondoSUPREMA CORTE DE JUSTICIA BUENO….
El voto principal, del juez Sergio Torres, sostuvo que negar el acceso a la justicia por razones formales constituye una violación al debido proceso, especialmente cuando se trata de una persona con discapacidad que reclama amparo ante un sufrimiento extremo. Subrayó que, aunque la eutanasia activa no está contemplada en el derecho argentino, el Poder Judicial no puede clausurar el debate, debiendo reconducir la causa hacia el fuero contencioso administrativo y asegurar el tratamiento humanitario inmediato de la demandante.
El fallo también ordenó al Ministerio de Salud brindar todas las medidas necesarias para el control del dolor, así como la intervención de la Comisión Provincial de Cuidados Paliativos, en cumplimiento del principio de dignidad humana reconocido en la Constitución provincial y en los tratados internacionales.
Por su parte, el juez Kohan, en voto concurrente, enfatizó que el tema trasciende el ámbito jurídico para ingresar en un territorio filosófico y social, donde la vida, la autonomía y la muerte digna colisionan con el marco constitucional que consagra la protección de la vida “desde la concepción hasta la muerte natural”.
La sentencia no autoriza la eutanasia, pero abre un precedente institucional al reconocer la necesidad de un debate judicial y legislativo serio sobre el derecho a decidir el propio final, situando la cuestión en el centro de la discusión bioética argentina.
Claves interpretativas
- La Corte no avala la eutanasia, pero reafirma el acceso a la justicia y la dignidad como derechos sustantivos.
- Ordena acciones positivas del Estado frente al sufrimiento extremo.
- Instala un debate constitucional pendiente sobre la autonomía de la voluntad y el derecho a morir dignamente.