El Juzgado de Familia y Sucesiones del Centro Judicial Monteros resolvió hacer lugar a la solicitud de Tiziano I. C. para suprimir su apellido paterno y adoptar únicamente el apellido materno «Everest», en reconocimiento a su identidad y trayectoria de vida.
Puntos clave del fallo:
- Motivos del pedido:
- Tiziano manifestó que no tenía vínculo afectivo con su padre y que la ausencia de este le generó una herida emocional.
- Desde la adolescencia, utilizó exclusivamente el apellido materno «Everest» en todos los ámbitos de su vida.
- Relató episodios de violencia doméstica, maltrato psicológico y abandono emocional y económico por parte de su progenitor.
- Fundamentos legales:
- Se aplicó el artículo 69 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC), que permite el cambio de apellido por «justos motivos».
- Se consideró que la identidad es un derecho humano, protegido por la Convención sobre los Derechos del Niño y el Pacto de San José de Costa Rica.
- La jueza destacó que el apellido paterno era una fuente de malestar emocional para Tiziano, afectando su bienestar e identidad.
- Decisión del tribunal:
- Se ordenó la rectificación del acta de nacimiento y la actualización de documentos oficiales para reflejar el nuevo apellido.
- Se destacó que el pedido no surgió de enojo o resentimiento, sino de la necesidad de consolidar su identidad con la familia que lo crió.
- Se incluyó una comunicación especial dirigida a Tiziano, reconociendo su valentía y decisión.
Conclusión
El fallo refuerza el derecho a la identidad como un aspecto fundamental del desarrollo personal, permitiendo la supresión del apellido paterno cuando se acreditan razones emocionales y afectivas profundas.