El Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de Monteros otorgó la adopción plena de Margarita a Silvia y Daniel, quienes se habían presentado para formalizar el vínculo familiar construido con la niña. La adopción plena implica la creación de un nuevo vínculo legal entre Margarita y su familia adoptiva, con la extinción de cualquier relación legal con su familia de origen, salvo que conservar algún vínculo resulte beneficioso para la niña.
El proceso destacó la importancia del interés superior de Margarita, su integración plena en la familia adoptiva y el respeto por sus derechos humanos, incluyendo el derecho a vivir en familia y conocer sus orígenes. Durante el juicio, se constató que Silvia y Daniel brindaron a Margarita un entorno de cuidado, afecto y apoyo que mejoró significativamente su bienestar emocional y físico.
La jueza, en lenguaje accesible, explicó a Margarita y a sus padres los alcances de esta decisión, incluyendo el cambio de su nombre completo a Margarita A. G., reflejando la incorporación al linaje familiar. La resolución destacó también la importancia del componente socioafectivo en la relación de la niña con sus padres adoptivos, justificando la decisión de consolidar este vínculo en el plano jurídico.