La sentencia del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones Única Nominación del Centro Judicial Monteros aborda la solicitud de guarda extendida presentada por el Sr. A.M.CZ. a favor de su sobrino Rodrigo A. CT., de 11 años, tras una situación de maltrato y negligencia ejercida por el progenitor y su pareja, y la pérdida previa de la madre. Rodrigo, al expresar su deseo de continuar bajo el cuidado de su tío, y tras la revisión de informes psicológicos, sociales y escolares, se determina que el entorno familiar ampliado de su tío materno garantiza su bienestar y desarrollo integral.
El fallo destaca que la figura de la guarda, regulada por el artículo 657 del Código Civil y Comercial, es aplicable en casos de especial gravedad, aunque en este caso la restricción temporal de un año se declara inaplicable. Se extiende la guarda a tres años, prorrogables, bajo control estatal, priorizando el interés superior del niño. Rodrigo ha encontrado estabilidad emocional, afectiva y educativa viviendo con su tío y su familia, lo que refuerza la decisión.
Además, se autoriza al guardador a realizar trámites administrativos necesarios para el bienestar del niño, como la gestión de la Asignación Universal por Hijo (AUH). Finalmente, la sentencia comunica a Rodrigo en un lenguaje accesible la decisión, garantizando su derecho a ser escuchado.