El artículo doctrinal de Patricio Octavio Longo y Rebeca Leone aborda la problemática del sharenting —la sobreexposición de imágenes y datos de niños, niñas y adolescentes (NNA) en redes sociales por parte de sus progenitores— y examina las nuevas dimensiones que adquiere la huella digital frente al auge de la inteligencia artificial generativa.

Los autores parten del análisis de un fallo judicial innovador de Mendoza, en el que una adolescente demandó por vía autosatisfactiva a su progenitora para exigir el cese inmediato y la eliminación de fotos suyas publicadas sin su consentimiento con fines comerciales, laborales e incluso en aplicaciones de citas para adultos. Dicho pronunciamiento acogió la pretensión al encuadrar la conducta materna como una forma de violencia digital y simbólica que vulnera el derecho a la propia imagen, la intimidad y el interés superior del menor.

Asimismo, el trabajo advierte sobre los graves riesgos que entraña una huella digital no consentida: perfilamiento algorítmico comercial, cosificación de menores por familias influencers (calificable en ciertos casos como trabajo infantil encubierto) y exposición a delitos como el grooming.

Con la irrupción de la IA generativa, esta huella digital heredada ya no constituye únicamente un registro histórico pasivo, sino la materia prima para la creación de deepfakes y contenidos sintéticos hipersexualizados, afectando de manera desproporcionada a niñas y adolescentes como una manifestación de violencia de género digital. En conclusión, la doctrina sostiene que la huella digital no es un patrimonio de los progenitores derivado de la responsabilidad parental, sino una dimensión personalísima de los NNA, cuyo derecho a construir autónomamente su identidad digital debe ser tutelado preventivamente.