La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió revocar una sentencia que había autorizado la inscripción de una triple filiación respecto de un niño concebido mediante técnicas de reproducción humana asistida (TRHA), reafirmando la validez del límite legal que establece que ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales.
El caso se originó cuando tres personas —una mujer gestante y dos hombres que habían prestado consentimiento para el procedimiento— solicitaron judicialmente que el niño fuera inscripto como hijo de los tres. Para ello, plantearon la inconstitucionalidad del último párrafo del artículo 558 del Código Civil y Comercial, que fija el límite de dos vínculos filiatorios.
En primera instancia y luego en la Cámara Civil se admitió la pretensión, al considerar que la restricción legal resultaba discriminatoria y que la triple filiación respondía al proyecto familiar de los adultos y al interés superior del niño.
Sin embargo, la Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario del Ministerio Público Fiscal y revocó la decisión. El Tribunal sostuvo que la determinación del número máximo de vínculos filiatorios forma parte del orden público de familia y corresponde al Congreso de la Nación en ejercicio de sus facultades constitucionales. En ese marco, el límite de dos progenitores constituye una opción normativa razonable destinada a organizar las relaciones familiares, la responsabilidad parental y los derechos y deberes derivados de la filiación.
La Corte también afirmó que la existencia de vínculos socioafectivos entre un niño y otras personas no determina por sí misma la configuración de un vínculo filiatorio jurídico. Asimismo, destacó que el interés superior del niño no habilita a prescindir del ordenamiento legal vigente, especialmente cuando no se acreditó que la triple filiación resultara beneficiosa para el menor.
En consecuencia, el Tribunal concluyó que el artículo 558 del Código Civil y Comercial no vulnera los derechos a la igualdad, a la identidad ni a la vida familiar, y devolvió el expediente para que se determine la filiación conforme al régimen legal vigente.