En un reciente fallo del Juzgado de Familia N° 11 de El Bolsón, se rechazó el pedido de una madre para viajar con su hijo a España. La decisión se basó en la prioridad del proceso de revinculación entre el niño y su padre, que había sido interrumpido durante años.

Aunque el niño expresó su deseo de viajar, también manifestó su necesidad de ver a su papá. El equipo técnico reportó avances significativos en los encuentros recientes, por lo que suspenderlos por dos meses afectaría el vínculo incipiente.

La jueza consideró que no existían razones de urgencia para el viaje y que, frente al conflicto parental y la ausencia prolongada del vínculo paterno, resultaba prioritario garantizar la continuidad del proceso de revinculación.

El fallo pone en el centro el interés superior del niño, tal como lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley 26.061, recordando que el derecho a mantener contacto regular con ambos progenitores es esencial para su desarrollo integral.