La sentencia analiza un caso complejo y de larga data en el fuero de violencia familiar, con múltiples denuncias cruzadas entre M. M. G. y su expareja R. A. A., atravesadas por consumo problemático de alcohol, episodios reiterados de violencia, internaciones involuntarias y medidas de exclusión del hogar. El juzgado, luego de casi seis años de intervención, decide aplicar un enfoque sistémico restaurativo, habilitado por la Oficina de Coordinación de Internaciones Judiciales Involuntarias (OCIJI), con anuencia del fuero penal y la colaboración de la Oficina de Medidas Alternativas (OMA).
En lugar de continuar con el enfoque sancionatorio, se opta por una intervención restaurativa conducida por una facilitadora profesional, quien trabajó bajo un modelo fenomenológico-sistémico, considerando el conflicto como una dinámica relacional sostenida en el tiempo. El abordaje incluyó entrevistas individuales, trabajo con los hijos, análisis de roles de manipulación y construcción de nuevos hábitos comunicacionales. Se concluyó con la firma de un acta-compromiso donde ambas partes acordaron iniciar el proceso de divorcio, dividir los espacios del hogar común y cesar cualquier interacción basada en patrones agresivos.
El juzgado valoró positivamente el impacto del proceso restaurativo, la ausencia de nuevas denuncias y el cumplimiento efectivo del acuerdo. En consecuencia, cesó la intervención del fuero especializado, archivó las actuaciones y articuló con el fuero de familia para avanzar en los aspectos patrimoniales. También se reconocieron los honorarios de la facilitadora como parte de su contribución al éxito del proceso.
Este fallo constituye un antecedente relevante en el uso de herramientas restaurativas en contextos de violencia familiar crónica, promoviendo un enfoque no punitivo, centrado en la responsabilidad, la reparación y el cambio estructural de las relaciones.