l artículo «Las relaciones de cuidado de las personas vulnerables y la indignidad sucesoria», de Francisco Alberto Magin Ferrer, analiza la causal de indignidad sucesoria relacionada con quienes tienen a su cargo el cuidado de personas vulnerables. En particular, se centra en el inciso h del artículo 2281 del Código Civil y Comercial de la Nación, que sanciona a aquellos que inducen o coartan la voluntad del testador para otorgar, modificar o anular un testamento.

El autor destaca que:

  • Los cuidadores pueden ejercer influencia indebida sobre la voluntad del testador, aislándolo de sus familiares o restringiendo sus visitas para manipular su decisión testamentaria.
  • En derecho comparado, países como Francia, España, Italia y Alemania han introducido restricciones legales para evitar que cuidadores o personal médico sean beneficiarios de herencias si existe riesgo de captación indebida de voluntad.
  • Se plantea la necesidad de reforzar la protección legal en Argentina, incorporando medidas que prevengan abusos en el ámbito de los cuidados de adultos mayores o personas con discapacidad.

El artículo concluye que el legislador argentino debería ampliar la regulación para garantizar que la voluntad testamentaria de las personas vulnerables sea libre y no esté sujeta a manipulaciones por parte de sus cuidadores.