La Corte IDH analizó la responsabilidad internacional del Estado de Nicaragua por la falta de debida diligencia en la investigación de la muerte de Dina Alexandra Carrión González (presunto feminicidio) y por la obstrucción del contacto entre su hijo menor de edad y su familia materna.


I. Hechos relevantes (Nivel Individual)

  • Dina Alexandra vivía en un contexto de violencia económica, psicológica y física por parte de su esposo, JCSS.
  • En abril de 2010 fue encontrada muerta en el domicilio familiar. Se declaró suicidio, aunque existían pruebas que sugerían homicidio por razones de género.
  • La familia denunció irregularidades en la escena del crimen, peritajes deficientes y cadenas de custodia rotas.

II. Falencias procesales (Nivel Institucional)

  • El Estado no investigó con perspectiva de género ni realizó una autopsia completa.
  • Se utilizaron estereotipos para justificar la hipótesis del suicidio.
  • El Poder Judicial y el Ministerio Público desestimaron pruebas clave y bloquearon el acceso a la justicia penal.

III. Vulneración de derechos (Nivel Convencional)

  • Violación a los artículos 4 (vida), 5 (integridad personal), 8 (garantías judiciales), 24 (igualdad), 25 (protección judicial) de la Convención Americana.
  • Violación del artículo 7 de la Convención de Belém do Pará por no prevenir ni sancionar la violencia de género.
  • Violación del artículo 19 (derechos del niño) por obstaculizar la relación del niño con su familia materna.

IV. Reparaciones ordenadas (Nivel Sistémico)

  • Investigación efectiva de los hechos con debida diligencia.
  • Medidas de reparación integral, incluyendo indemnización a los familiares.
  • Medidas de no repetición, como formación a operadores judiciales en derechos humanos y género.

CONTRASTES JURISPRUDENCIALES CLAVE

TemaReferencias de la Corte IDH
Deber reforzado de debida diligenciaCaso “Campo Algodonero” vs. México
Violencia institucional y judicialCaso Espinoza González vs. Perú
Estereotipos en la justiciaCaso Angulo Losada vs. Bolivia

Este fallo establece estándares reforzados para:

  • Aplicar perspectiva de género en toda investigación penal que involucre a mujeres.
  • Garantizar el acceso a la justicia efectiva para víctimas y familiares.
  • Desmantelar estereotipos judiciales que perpetúan impunidad.

REFLEXIÓN FINAL

La sentencia visibiliza cómo la violencia estructural e institucional agrava el daño sufrido por las víctimas y sus familias. Refuerza el llamado a los Estados a no solo tener normas, sino garantizar su aplicación efectiva y libre de discriminación. Es un caso paradigmático para toda América Latina sobre el abordaje integral del feminicidio desde el sistema interamericano.

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