El caso I.V. vs. Bolivia, resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, aborda la esterilización forzada de una mujer en un hospital público boliviano en 2000. La Corte determinó que el procedimiento de ligadura de trompas de Falopio se realizó sin el consentimiento informado de la víctima, violando derechos fundamentales como la integridad personal, la dignidad, la vida privada, el acceso a la información y la igualdad, consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención de Belém do Pará.
El tribunal encontró que la intervención no fue una emergencia médica que justificara su realización sin consentimiento previo. Además, se constató la falta de información adecuada y el uso de estereotipos de género por parte del equipo médico. Bolivia también incumplió su deber de garantizar un acceso efectivo a la justicia, ya que el sistema judicial no reparó las vulneraciones sufridas ni sancionó a los responsables.
Como medidas de reparación, la Corte ordenó a Bolivia proporcionar atención psicológica y médica a la víctima, indemnizaciones económicas, y adoptar medidas estructurales para prevenir violaciones similares. Esto incluye la capacitación en derechos humanos para el personal médico, la implementación de protocolos claros sobre consentimiento informado y campañas de sensibilización pública.