El artículo aborda la creciente y compleja problemática de la gestación por sustitución (también conocida como subrogación de vientres), en un contexto legal argentino que carece de regulación específica. Parte de un caso actual en el que una madre comitente extranjera abandonó al niño gestado en Argentina al enterarse de que tenía problemas de salud. Este hecho reaviva el debate sobre la necesidad urgente de regular esta técnica de reproducción humana asistida (TRHA).

La autora define la gestación por sustitución como el acuerdo por el cual una mujer gestante lleva un embarazo para otra persona o pareja que desea establecer la filiación del niño nacido. En Argentina, pese a no estar prohibida legalmente, la técnica no cuenta con normativa que regule sus condiciones y consecuencias jurídicas. Esta omisión ha derivado en decisiones judiciales contradictorias que generan inseguridad jurídica tanto para los adultos involucrados como para los niños nacidos mediante esta técnica.

Se presentan posiciones doctrinarias a favor y en contra: quienes critican la técnica argumentan que implica explotación de la mujer y cosificación del cuerpo femenino, mientras que otros destacan su valor como vía legítima para formar una familia. La jurisprudencia nacional muestra fallos disímiles: desde la Corte Suprema, que niega efectos jurídicos a acuerdos privados y remite a la adopción por integración, hasta tribunales que declaran la inconstitucionalidad del artículo 562 del Código Civil y Comercial por no reconocer la voluntad procreacional.

El texto concluye que el vacío legal actual expone a vulneraciones de derechos, especialmente del niño, y que la regulación clara y específica es la mejor vía para garantizar la seguridad jurídica, la protección de la autonomía personal y el interés superior del menor.