Por Darío Rajmilovich1 y Mariana Josefina Rey Galindo


El artículo analiza la tensión estructural entre el principio de capacidad contributiva y las configuraciones familiares reconocidas por el derecho argentino, focalizando en la determinación del sujeto pasivo en el Impuesto a las Ganancias.

Los autores parten de una premisa central: el derecho civil no reconoce a la familia como sujeto autónomo, sino como red de vínculos entre personas humanas titulares de derechos. En cambio, el derecho tributario debe decidir si grava a cada individuo por separado o si reconoce a la familia como unidad económica. En el régimen argentino vigente, la Ley de Impuesto a las Ganancias adopta un sistema de separación obligatoria, atribuyendo las rentas a cada cónyuge según reglas propias (art. 35 LIG), independientemente del régimen patrimonial civil elegido.

El trabajo profundiza en tres ejes problemáticos:

  1. La distinción entre contribuyente y responsable tributario, especialmente en el caso de menores de edad que generan ingresos propios (deportistas, artistas, creadores digitales).
  2. La divergencia entre las reglas civiles de bienes propios y gananciales y las reglas fiscales de atribución de rentas.
  3. Los modelos comparados de tributación familiar: unidad contribuyente vs. separación.

Se destaca que el sistema argentino no contempla la “unidad familiar” como sujeto fiscal, lo que puede generar desajustes respecto de realidades económicas integradas. Frente a ello, los autores proponen incorporar un régimen optativo de integración de rentas familiares, sin otorgar personalidad jurídica a la familia, pero permitiendo una determinación conjunta de la base imponible bajo parámetros objetivos y estabilidad temporal.

La conclusión es clara: la neutralidad fiscal absoluta es imposible. La política tributaria refleja un modelo implícito de familia y debe repensarse a la luz de las dinámicas económicas contemporáneas.

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Acerca de los autores:

Dario Rajmilovich: linkedin.com/in/darío-rajmilovich-55470514 – Sitios web russellbedford.com.ar (Profesional) – estudiorajmilovich.com.ar (Personal) – Email: drajmilovich@estudiorajmilovich.com.ar
Mariana Rey Galindo: Abogada. Titular del Juzgado de Familia y Sucesiones, 1ª Nominación, Monteros, Tucumán. Perfil: Linkedin.com/in/mariana-
josefina-rey-galindo
– Sitios web: marianareygalindo.com.ar/ (Personal) – sites.google.com/view/marianareygalindo (Personal) – Email: marianareygalindo@gmail.com