La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala M, confirmó la atribución de uso de la vivienda familiar a favor de R. del C. P. R., madre de N. H. T. P., hasta que este alcance la mayoría de edad. El inmueble, ubicado en la Ciudad de Buenos Aires, es propiedad exclusiva de F. A. T., padre del menor, pero se consideró necesario garantizar el bienestar del hijo.
El tribunal rechazó el recurso de apelación del demandado, quien argumentó que la madre y el menor ya no residían en el país, calificando su reclamo como abuso de derecho. La Cámara señaló que estas cuestiones no fueron introducidas oportunamente en el proceso, limitándose a evaluar las pruebas presentadas en primera instancia. Entre estas pruebas, destacó que el menor expresó no desear contacto con su padre, reforzando la necesidad de mantener la atribución de la vivienda en beneficio del niño.
Asimismo, el tribunal desestimó las críticas del apelante sobre la valoración de la prueba, calificándolas como subjetivas y carentes de sustento jurídico. Confirmó las costas a cargo del demandado, en virtud del principio objetivo de la derrota.
Finalmente, se ratificaron y ajustaron los honorarios profesionales, aplicando las normas arancelarias vigentes.